Corte valida control de Fuerzas Armadas en aeropuertos de México

2026-10-07 01:00:30 - MUNDO

Por unanimidad, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó que las Fuerzas Armadas administren y controlen diversos aeropuertos del país mediante asignación directa.

La resolución declara constitucionales las reformas de mayo de 2023 a las leyes de Aeropuertos y de Aviación Civil. Estas permiten al Ejecutivo otorgar títulos de asignación directa e indefinida a paraestatales operadas por las Fuerzas Armadas para construir, administrar, operar infraestructura aeroportuaria y prestar servicios de transporte aéreo nacional regular.

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Al analizar la acción de inconstitucionalidad 121/2023 y su acumulada 123/2023, promovidas por la oposición parlamentaria, el Máximo Tribunal determinó que los cambios no vulneran la Constitución.

Corte valida control de Fuerzas Armadas en aeropuertos de México. Foto: Cuartoscuro

Al presentar su proyecto de sentencia, la ministra ponente, Loretta Ortiz Ahlf, señaló que las minorías parlamentarias impugnaban sustancialmente la inclusión de la asignación directa en materia aeroportuaria y de aviación civil.

Explicó que, aunque el concepto "asignación aeroportuaria" no figura explícitamente en la Constitución, la medida se fundamenta en los artículos 25, 27 y 28, los cuales facultan al Estado para ejercer la rectoría del desarrollo y el dominio directo sobre las vías de comunicación y el espacio aéreo por seguridad nacional o interés general.

Sobre la presunta violación a la libre competencia, la Corte determinó que las paraestatales asignatarias no son comparables con las empresas concesionarias privadas, pues las primeras integran la Administración Pública Federal y cumplen fines públicos, mientras que las segundas persiguen fines lucrativos mediante licitaciones a plazo determinado.

Respecto a posibles riesgos de competencia desleal o monopolios por operar terminales y aerolíneas estatales, la Corte descartó vicios de inconstitucionalidad directa y precisó que la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) y las autoridades de competencia mantienen facultades para intervenir ex post, fijar tarifas y sancionar prácticas anticompetitivas.

Asimismo, el Pleno desestimó las acusaciones de militarización indebida al aclarar que las normas facultan a entidades paraestatales en general, sin otorgar funciones militares ni violar el artículo 129 constitucional.

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Durante el debate sobre el procedimiento legislativo, los ministros también desestimaron los reclamos sobre el cambio de sede en el Senado, validando el trámite parlamentario e invocando precedentes sobre el respeto a la autonomía del Poder Legislativo.

La decisión consolida la transferencia de cerca de 20 aeropuertos comerciales a mandos militares, los cuales concentran alrededor del 31 % del tráfico nacional de pasajeros a través de dos conglomerados públicos:

En primer lugar el Grupo Aeroportuario, Ferroviario, de Servicios Auxiliares y Conexos Olmeca-Maya-Mexica (GAFSACOMM): Administrado por la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), opera terminales como el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), Tulum, Chetumal, Palenque, Puebla y Uruapan, así como la aerolínea Mexicana de Aviación.

Foto: Cuartoscuro Archivo

En segundo lugar el Grupo Aeroportuario Marina: A cargo de la Secretaría de Marina (SEMAR), coordina la operación del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) —que representa más del 80% del flujo de pasajeros gestionado por el sector militar—, además de terminales en Ciudad del Carmen, Ciudad Obregón, Guaymas, Colima y Matamoros.

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Organizaciones como México Unido Contra la Delincuencia (MUCD) han advertido que transformar a las Fuerzas Armadas en actores empresariales desvirtúa sus funciones constitucionales, reduce la transparencia fiscalizadora por el uso de fideicomisos y debilita la rendición de cuentas frente al poder civil.

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